domingo, 1 de junio de 2014



Una comunidad autónoma es una entidad territorial que, dentro del ordenamiento constitucional de España, está dotada de autonomía legislativa y competencias ejecutivas, así como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes. La estructura de España en comunidades autónomas se recoge en la Constitución Española de 1978. El artículo 2 reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las regiones y nacionalidades que componen la Nación. El texto de la Constitución establece los poderes que pueden ser asumidos por las comunidades autónomas y aquellos que sólo se le pueden atribuir al Estado. En cambio el mapa autonómico de España es fruto de los Pactos Autonómicos de 1981 y 1992, nunca refrendados ni llevados a las Cortes. La división política y administrativa de España tiene la forma de diecisiete comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla, cuyos estatutos de autonomía les otorgan el rango de ciudades autónomas. Fuente Wikipedia.

Tras la aprobación de la Constitución de 1978, en la que se recoge una organización territorial autonómica, se crea la Comunidad autónoma de Cantabria con capital en Santander. La ley orgánica del Estatuto de Autonomía de Cantabria se aprobaría el 30 de diciembre de  1981, dotando a esta de instituciones de autogobierno. 

Las elecciones en 2011 darían el gobierno al partido popular. Al frente Ignacio Diego.
Un vídeo en el que aparece la parte maravillosa que aún queda en esta comunidad.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario